Preguntas más frecuentes
General
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¿Qué es una Plataforma de Financiación Participativa?
Según la Ley 5/2015, de 27 de abril de 2015, son plataformas de financiación participativa las empresas autorizadas cuya actividad consiste en poner en contacto, de manera profesional y a través de páginas web u otros medios electrónicos, a una pluralidad de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación a cambio de un rendimiento dinerario, denominados inversores, con personas físicas o jurídicas que solicitan financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto de financiación participativa, denominados promotores.
No tienen la consideración de plataformas de financiación participativa las empresas que desarrollen la actividad descrita en el párrafo anterior cuando la financiación captada por los promotores sea exclusivamente a través de:
- Donaciones
- Venta de bienes y servicios
- Préstamos sin intereses
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¿Cuál es el régimen jurídico de las Plataformas de Financiación Participativa en España?
El régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa es el previsto en la Ley 5/2015, de 27 de abril de 2015 y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de la restante normativa aplicable a estas empresas y su actividad.
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¿Esta plataforma permite canalizar tanto inversiones como préstamos a través de internet?
Nuestra plataforma cuenta con la autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y del Banco de España para financiar proyectos bajo todas las modalidades que prevé la Ley 5/2015, de 27 de abril de 2015, esto es:
50.1. a) La emisión o suscripción de obligaciones, acciones ordinarias y privilegiadas u otros valores representativos de capital, cuando la misma no precise y carezca de folleto de emisión informativo al que se refieren los artículos 25 y siguientes de la RDL 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores. En este caso, se entenderá por promotor a la sociedad que vaya a emitir los valores. Cuando en la financiación participen inversores no acreditados tal y como se definen en este título, los valores a los que se refiere este apartado no podrán incorporar un derivado implícito.
50.1. b) La emisión o suscripción de participaciones de sociedades de responsabilidad limitada, en cuyo caso se entenderá por promotor a la sociedad de responsabilidad limitada que vaya a emitir las participaciones.
50.1. c) La solicitud de préstamos, incluidos los préstamos participativos, en cuyo caso se entenderá por promotor a las personas físicas o personas jurídicas prestatarias.
Inversores
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¿Tengo que ser un inversor acreditado para poder invertir?
No. Cualquier persona puede invertir, pero la ley impone mayores limitaciones a los inversores no acreditados.
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¿Quién es, según la ley, un inversor no acreditado?
Cualquier persona física o jurídica que no cumpla las condiciones que exige la Ley para ser considerado inversor acreditado.
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¿Quién es, según la ley, un inversor acreditado?
Según la Ley 5/2015, de 27 de abril de 2015, son considerados inversores acreditados:
- Las personas físicas y jurídicas a las que se refieren las letras a), b) y d) 205.2 del RDL 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores.
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Los empresarios que, individualmente, reúnan 2 de 3 condiciones:
- Partidas del activo igual o superior a 1 M€
- Cifra anual de negocios = o > a 2 M€
- Recursos propios = o > a 300.000 €
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Las personas físicas que:
- Acrediten ingresos anuales superiores a 50.000 € o patrimonio financiero superior a 100.000 euros, y
- soliciten ser considerados como inversores acreditados con carácter previo, y renuncien de forma expresa a su tratamiento como cliente no acreditado. La admisión de la solicitud y renuncia deberá realizarse conforme lo dispuesto en el artículo 84 y quedará condicionada a que la plataforma de financiación participativa efectúe la adecuada evaluación de la experiencia y conocimientos del cliente, y se asegure de que puede tomar sus propias decisiones de inversión y comprende sus riesgos.
- Las pequeñas y medianas empresas y personas jurídicas no mencionadas en los apartados anteriores cuando soliciten ser considerados como inversores acreditados con carácter previo, y renuncien de forma expresa a su tratamiento como cliente no acreditado.
- Además de las personas anteriormente citadas, también tendrán la consideración de inversor acreditado las personas físicas o jurídicas que acrediten la contratación del servicio de asesoramiento financiero sobre los instrumentos de financiación de la plataforma por parte de una empresa de servicios de inversión autorizada.
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¿Puedo perder mi condición de inversor acreditado?
Sí. Los inversores acreditados según las letras C) y D) del apartado anterior que no proporcionen financiación a un proyecto de la plataforma de financiación participativa en el plazo de doce meses, perderán la condición de acreditados, si bien podrán recuperarla cuando cumplan con los requisitos establecidos en las referidas letras. Igualmente, perderán la consideración de acreditados cuando lo soliciten por escrito.
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¿Cuáles son los límites a la inversión para los inversores no acreditados?
Los inversores no acreditados no podrán:
- Comprometerse a invertir o invertir más de 3.000 euros en un mismo proyecto.
- Comprometerse a invertir o invertir más de 10.000 euros en un periodo de doce meses, en proyectos publicados por el conjunto de plataformas de financiación participativa.
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¿Cuáles son los límites a la inversión para los inversores acreditados?
Los inversores acreditados no tendrán más límite que el que impone la Ley a la captación de fondos por parte de los proyectos. Esto es, el importe máximo de captación de fondos por proyecto de financiación participativa a través de cada una de las plataformas de financiación participativa no podrá ser superior a 2.000.000 de euros, siendo posible la realización de sucesivas rondas de financiación que no superen el citado importe en cómputo anual. Cuando los proyectos se dirijan exclusivamente a inversores acreditados, el importe máximo anterior podrá alcanzar los 5.000.000 de euros.
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¿Tengo que ser español para poder invertir?
No. Cualquier persona en España o en el extranjero puede invertir.
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¿Los proyectos son todos de nacionalidad española?
El promotor persona jurídica deberá estar válidamente constituido en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea.
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¿Puedo ganar dinero invirtiendo en Startups?
Sí. Las Startups son las empresas de mayor riesgo, pero también las de mayor rentabilidad, con lo que si la empresa va bien puedes obtener una alta rentabilidad de tu inversión.
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¿Puedo perder dinero invirtiendo en Startups?
Sí. Estás invirtiendo en empresas jóvenes de alto riesgo y, al igual que puedes ganar dinero, también puedes perderlo.
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¿La inversión tiene coste para el inversor?
No. Como inversor, el único dinero que tienes que desembolsar es el de la inversión.
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¿Realiza la plataforma una evaluación de los proyectos antes de habilitarlos para inversión?
Sí. Analizamos cada proyecto en base a una serie de criterios objetivos basados en el Goldsmith Score ®, un modelo contrastado de análisis y validación de negocios desarrollado por el norteamericano H. Randall Goldsmith Ph.D.
El Goldsmith Score permite asignar a cada proyecto una puntuación entre 0% y 100%. Una puntuación más alta significa que el proyecto es más sólido, y que los riesgos asociados a éste han sido en mayor medida mitigados.
La plataforma exige un Goldsmith Score superior al 60% para habilitar el proyecto para inversión. En caso de no superar el score exigido, el emprendedor deberá seguir trabajando en su proyecto hasta cumplir las condiciones requeridas por la plataforma para ser habilitado para la inversión.
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¿Si no se alcanza el objetivo de inversión me devuelven el dinero invertido?
Sí, íntegramente.
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¿Qué modalidades de inversión ofrecen los proyectos de Adventureros.es?
Nuestra plataforma cuenta con la autorización de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y del Banco de España para canalizar tanto inversiones en capital social como préstamos. Cada proyecto propone el modelo de inversión que mejor se ajusta a su naturaleza y circunstancias. Normalmente, será uno de los siguientes: ampliación de capital, préstamo a interés fijo, préstamo participativo y capital convertible.
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¿Puedo contactar directamente con el emprendedor?
Sí. Puedes hacerlo a través de la Plataforma.
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¿Existen deducciones fiscales por invertir en startups?
Sí. Puedes obtener interesantes beneficios fiscales por tu inversión.
Emprendedores
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¿Qué pasos tengo que seguir para obtener inversión a través de la plataforma?
- Darte de alta como emprendedor
- Subir tu proyecto
- Superar los requisitos de invertibilidad exigidos por la plataforma
- Publicar el proyecto, lanzar la campaña y alcanzar el objetivo
- Realizar una Due Dilligence (solo en casos requeridos)
- Cerrar la inversión
Encontrarás más detalles en la sección Obtener inversión.
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¿Es gratuito darse de alta como emprendedor?
Sí. Puedes darte de alta gratuitamente como emprendedor aquí.
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¿Cómo puedo subir mi proyecto?
Debes pulsar en "+ Nuevo proyecto", dentro de la sección "Mis proyectos", una vez que inicias sesión. En el plazo máximo de 48 horas desde la recepción de tu proyecto, nos pondremos en contacto contigo para ayudarte en los siguientes pasos.
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¿Cuáles son los requisitos de invertibilidad exigidos por la plataforma y como podemos superarlos?
Utilizamos el Goldsmith Score ® para medir el nivel de solidez y avance de los proyectos. La plataforma exige un Goldsmith Score superior al 70% para habilitar el proyecto para inversión, salvo en el caso de proyectos en estados pre-semilla o semilla, en los que la plataforma puede aceptar proyectos con score superior al 50% si estos muestran potencial. Ponemos a tu disposición herramientas de autoevaluación y un espacio digital que puedes compartir con tu equipo para que puedas preparar tu proyecto para inversión. También podemos proporcionarte asesoramiento si lo necesitas.
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¿Cuáles son las tarifas de la plataforma?
Encontrarás toda la información en el apartado "Planes y precios" de la pestaña Obtener inversión.
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¿Quién puede invertir en mi proyecto?
Podrán invertir inversores de todo el mundo, acreditados y no acreditados.
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¿Qué pasa si no alcanzo mi objetivo de inversión?
De acuerdo a la Ley, debes alcanzar al menos el 90% de la cantidad solicitada para que se pueda proceder al cierre de la inversión. En caso contrario, se devolverán la cantidades recaudadas a los inversores.
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¿Es obligatorio realizar una Due Dilligence? ¿Quién asume el coste?
No es obligatorio pero, en función de la naturaleza del proyecto y del montante de inversión, puede ser requerida por algunos inversores. El coste lo asume el emprendedor. Mantenemos colaboraciones con despachos de abogados que pueden hacer la Due Dilligence a un precio muy asequible y en un tiempo record.
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¿Cuál es el importe máximo de financiación que puedo obtener a través de una plataforma de financiación participativa?
Según la Ley 5/2015, de 27 de abril de 2015, el importe máximo de captación de fondos por proyecto de financiación participativa a través de cada una de las plataformas de financiación participativa no podrá ser superior a 2.000.000 de euros, siendo posible la realización de sucesivas rondas de financiación que no superen el citado importe en cómputo anual. Cuando los proyectos se dirijan exclusivamente a inversores acreditados, el importe máximo anterior podrá alcanzar los 5.000.000 de euros.
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¿En qué área geográfica debe estar constituida la sociedad del promotor para cerrar una inversión a través de la plataforma?
El promotor deberá estar válidamente constituido en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea.